Domicilio Social y Fiscal – Qué son, diferencias y cómo hacerlos

¿Quieres conocer todo acerca de lo que es el domicilio social y fiscal, las diferencias y cómo hacerlos? En este artículo te lo explicamos.

¿Quieres conocer todo acerca de lo que es el domicilio social y fiscal, las diferencias y cómo hacerlos? En este artículo te lo explicamos en detalle.

¿Qué es un domicilio social?

Un domicilio social es un lugar, que puede ser físico u online, en el que las compañías desarrollan y gestionan su actividad. La Ley de Sociedades de Capital lo define como “el lugar en el que se halla el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”.

Por otra parte, vale aclarar que el domicilio social es una referencia solo para empresas o sociedades, mientras que el domicilio fiscal es común a autónomos y pymes.

¿Qué es un domicilio fiscal?

Según la Ley General Tributaria, el domicilio fiscal es el lugar donde se localiza al obligado tributario. El domicilio fiscal para las personas físicas es el de su residencia habitual, mientras que el domicilio fiscal de las personas jurídicas es el de su domicilio social:

  • En el caso de una persona física que desarrolla actividades económicas, se podrá considerar como domicilio fiscal el lugar donde se encuentra centralizada la gestión administrativa y la dirección de las actividades.
  • Para las personas jurídicas y entidades residentes en España, el domicilio fiscal será el de su domicilio social, siempre y cuando allí esté centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios.

¿Qué diferencia hay entre domicilio social y fiscal?

Hay algunas diferencias claves entre el domicilio social y el fiscal. Si bien ambos domicilios pueden coincidir en la dirección, las utilidades no son las mismas. La primera diferencia, como se mencionó anteriormente, es que el domicilio social es una referencia solo para empresas o sociedades, mientras que el domicilio fiscal es común a autónomos y pymes.

Por otra parte, el domicilio fiscal es la dirección con la que cuenta la Seguridad Social y Hacienda para hacer notificaciones. Esto lo convierte en el lugar de seguimiento tributario y la referencia de la Administración. Además, el domicilio social figura en los estatutos de la sociedad y es de dominio público, a diferencia del fiscal, que no es de dominio público ni figura en los estatutos de la sociedad.

¿Para qué sirve un domicilio fiscal y social?

Según explica el artículo 48 de la Ley General Tributaria, un domicilio fiscal sirve para determinar la delegación tributaria a la que pertenece la sociedad o empresa. Esta misma normativa define al domicilio fiscal como el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria.

Este domicilio es determinante para las empresas, ya que están obligadas a comunicarle a la Administración cuál es el domicilio fiscal y las variaciones que se produzcan en el mismo. 

El domicilio social, el cual es exclusivo de las empresas, es fundamental para las personas jurídicas de carácter mercantil ya que actúa como sede de las compañías mercantiles y, por tanto, es la ubicación en que la persona jurídica puede ser localizada.

¿Cómo hacer la domiciliación fiscal o social?

La domiciliación fiscal y la social se hacen de distintas maneras, con distintos documentos y se presenta a distintas entidades ¡Apunta!

Domiciliación Fiscal

Luego de darte de alta como empresario, tendrás que elegir el domicilio fiscal a través del modelo 036 y presentarlo a la Agencia Tributaria. Si quieres cambiar algo en el documento presentado, puedes modificarlo en cualquier momento y presentar de nuevo el modelo 036. Solo ten en cuenta lo siguiente:

  • En los casos de las personas físicas, el domicilio fiscal coincide con su residencia habitual.
  • Para los autónomos, su domicilio fiscal coincide con su vivienda o con el lugar en el que se desarrolla su actividad.
  • Para las empresas y sociedades, lo habitual es que el domicilio fiscal y el domicilio social coincidan.

Domiciliación Social 

En este caso, el cambio de domicilio social es más complejo, por lo que la elección del domicilio es fundamental. Solo se puede modificar a través de una escritura pública que se deberá inscribir en el Registro Mercantil y enviar a la Agencia Tributaria. 

Los pasos a seguir para el cambio de domicilio social son:

  • El administrador de la empresa o sociedad deberá acudir a la notaría para firmar la escritura de cambio de domicilio.
  • El administrador tendrá que acudir a la Oficina Liquidadora correspondiente y cumplimentar el modelo 600, indicando que la operación  está exenta.
  • Finalmente, será necesario inscribir la Escritura en el Registro Mercantil correspondiente. Es necesario presentar la escritura y el modelo 600.

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